Sustitución pensional para parejas gay es retroactiva

Lo que no hizo la Corte Constitucional en una sentencia de constitucionalidad lo impuso en una de tutela. El alto tribunal ordenó que la sustituciones pensionales para las parejas hosexuales pueden otorgarse de forma retroactiva, es decir, para aquellos casos en los que el causante haya fallecido antes de la sentencia.

Como se recordará, ese fallo extendió este derecho de las uniones heterosexuales a las parejas del mismo sexo. Pero la providencia omitió asignarle un efecto retroactivo a la decisión.

Dos años después, por medio de una sentencia de tutela publicada recientemente, la Corte impuso este efecto, con el fin de que los fondos de pensiones no les sigan negando la pensión de sobrevivientes las parejas gay. Así mismo, la providencia les abre las puertas a esta uniones para que, por medio de tutelas, accedan a este beneficio.

Según el alto tribunal, negarles este derecho a dichas parejas afecta su derecho a la igualdad de trato, a la dignidad humana y a la seguridad social. En este sentido, la sentencia asegura que el sistema pensional no puede operar con base en una discriminación basada en la orientación sexual.

Aunque los fallos de tutela no tienen efectos generales, la Corte les advirtió a los fondos pensionales que no pueden seguir rechazándoles esas peticiones a las uniones gay con base en interpretaciones restrictivas de los derechos fundamentales, como la irretroactividad de la sentencia de constitucionalidad.

Protección especial

Con base en esta argumentación, el tribunal constitucional le concedió el derecho al compañero sobreviviente de una relación homoxesual, quien, además, es portador del VIH/Sida.

Este factor también influyó en la decisión, porque la jurisprudencia de la Corte ha protegido los derechos de quienes padecen esta enfermedad.

Además, la alta corporación reiteró algunos aspectos probatorios sobre la demostración de la convivencia de estas parejas. Por ejemplo, recordó que se les puede exigir una declaración causante y el beneficiario de la pensión han acudido a la autoridad competente a manifestar la unión, esa circunstancia es suficiente para demostrar la calidad de compañeros.

Del mismo modo, indicó que esa calidad se puede acreditar por cualquier medio de prueba, como sucede con las uniones maritales heterosexuales.

Por tales razones, esta tutela también se convierte en un hito dentro de la historia del progresismo jurisprudencial que ha reivindicado los derechos de los gais.

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