¿Qué es la múltiple multivinculación?

Es cuando un afiliados que luego de seleccionar uno de los dos regímenes diligencia formulario de vinculación en el otro régimen sin esperar el tiempo mínimo de permanencia, el cual es de tres años (3) años ley 100 de 1993 y cinco (5) años Ley 797 de 2003. Esta múltiple vinculación se da entre las Administradoras Privadas de Pensiones (Protección, Porvenir, Horizonte, Santander, Colfondos, Skandia) y el Seguro Social.

Es importante precisar que la Ley 797 en su Artículo 15 indica que durante los tres (3) años siguientes al vigencia de esta Ley, los Servidores públicos que ingresen por primera vez a la carrera administrativa, afiliados al régimen de prima media con prestación definida deberán permanecer en dicho régimen mientras mantengan la calidad de tales. Así mismo quienes ingresen por primera vez al Sector Público en cargos de carrera administrativa estarán obligatoriamente afiliados al Instituto de los Seguros Sociales, durante el mismo lapso.

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