Boletín 6º – Pensión de Invalidez
En el caso de que el afectado sea un menor de 20 años de edad, sólo deberá acreditar que ha cotizado 26 semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho. Según la Corte Constitucional, sólo basta con demostrar la causa de la invalidez y tener cotizadas 50 semanas dentro de los 3 años anteriores al incidente. La Corte Constitucional replanteó los requisitos para obtener la pensión de invalidez en Colombia, modificados hace seis años por el Congreso. Según el alto tribunal, tendrán derecho a la pensión de invalidez los afiliados al sistema de seguridad social que hubieren perdido el 50 por ciento o más de su capacidad laboral y acrediten sólo las dos siguientes condiciones.