El impuesto a la Riqueza es otro de los tributos internos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y que fue reglamentado apenas hace dos años. Al ser un rubro relativamente nuevo, hay poca claridad en la gente sobre si lo debe pagar o no.
Cierto es que el recaudo de este impuesto iniciará a parir del 11 de mayo, y se extenderá hasta el 24 del mismo mes, y la forma en la que se debe hacer es de acuerdo al último digito de identificación tributaria. Ejemplo: si termina el 9, deberá hacerlo el día 19.
Pero ¿quiénes son los que realmente deben pagar este impuesto? La Ley 1739 de 2014 establece que solo aquellas personas que al 1 de enero de 2015 reporten un nivel de riqueza (patrimonio que posee una persona) igual o superior a 1000 millones de pesos, están obligados a cancelar este tributo.
El pago de este impuesto se hace a través del formulario 440 para pago de tributos que la DIAN ha destinado para este fin, y la invitación que hace la entidad es a hacerlo de manera pronta para así hacer rápidamente la normalización de los tributos.
Para que esto ocurra, la persona debe pagar el 11,5% del total, si no se hace, la DIAN podrá identificar la información a través de los convenios de información que posee a nivel nacional e internacional. Además, en caso de omitir esta obligación, la sanción va hasta una multa del 200% del valor total de los activos que posea.